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  Requisitos de adhesión
[Requisitos] - Sistema Certificación
Doc. Solicitud - Relación de productos Certificados y Bajas

 
El proceso de adhesión a la Marca Parque Natural de Andalucía se encuentra regulado en la

Orden 15-12-2004 DE LA CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE DE LA JUNTA DE ANDALUCIA  Ver Orden 01-08-2001


La adhesión de los productos o servicios a la Marca Parque Natural de Andalucía supone por parte de la empresa adquirir unos compromisos que constituyen las garantías de los valores de este distintivo:
 

Compromisos generales:

   

Calidad

El productor debe tener establecidos documentalmente los procedimientos para asegurar las especificaciones de calidad del producto o servicio.

Medio ambiente

Asegurando el cumplimiento de la legislación medioambiental, incluida específicamente la del Parque, y asumiendo un compromiso de mejora continua.

Carácter local

Productos de empresas y personas que ejerzan su actividad en el ámbito de los municipios y los Parques Naturales.
 

Compromisos particulares en función del tipo de productos o servicio:

   
Productos Naturales
Materias primas del parque

La materia prima del producto a certificar se ha de producir al menos en un 75% en el ámbito del Parque o de los municipios incluidos parcialmente en áquel, excluyendo el casco urbano no diseminado para municipio de más de 100000 habitantes.
Para pesca, una parte de los caladeros debe estar incluida en el ámbito del Parque natural y la descarga y la venta debe realizarse en algún municipio del mismo.

   
Productos Agroalimentarios y Pesqueros

Para este tipo de productos, además de cumplir los requisitos anteriores, La materia prima ha de proceder de explotaciones donde el sistema de producción esté certificado como “producción integrada” o “agricultura ecológica” o cumplir sus requisitos.
En caso de no estar regulado la actividad o el sector, podrán establecerse parámetros similares que deberán ser validados por la autoridad competente.

 
Productos Artesanales
Origen del producto

El producto ha de elaborarse en el ámbito territorial de un Parque Natural o en un municipio incluido parcialmente en él, excluyendo el casco urbano no diseminado para municipios de más de 100000 habitantes.
Proceso de fabricación El producto ha de proceder de la transformación y/o combinación de otros productos. Además, los procesos de fabricación del producto han de ser total o parcialmente manuales y tales que impliquen que sus características se vean determinadas, al menos en parte, por la habilidad y experiencia del productor.
   
Productos Turísticos

Todos los servicios

Han de tener procedimentada la acogida y estancia del cliente, y la limpieza y mantenimiento del establecimiento.

Actividades de ocio

Han de estar ligadas al conocimiento y disfrute de la naturaleza. Han de realizarse, al menos en un 75%, en el interior del Parque.

Servicios de alojamiento

Han de llevar asociados servicios de restauración y de ocio o incluir información sobre los mismos. Han de dar información sobre el Parque y contribuir además a la promoción de productos naturales y se artesanales del Parque.
El servicio debe prestar íntegramente en el ámbito territorial del un Parque Natural, o en un municipio incluido parcialmente en él, excluyendo el casco urbano no diseminado para municipios de más de 100000 habitantes .

Servicios de restauración
Han de incluir en su menú un apartado de gastronomía local y/o de platos elaborados con productos naturales o artesanales alimenticios del Parque. Han de dar información sobre el Parque.
Turismo activo El servicio debe llevar prestándose al menos durante un año.

El uso de la Marca Parque Natural de Andalucía está restringido a los licenciatarios y sujeto a las condiciones siguientes:

 La licencia de uso de la Marca se otorga para unos productos/servicios determinados
El licenciatario no puede en ningún caso transferir el uso de la licencia.

 La concesión de la Marca obliga a su utilización en todos los productos OBJETO DEL
alcance. DE LA CERTIFICACIÓN PREVIA.

 En el caso de bienes, la Marca siempre ha de ir asociada al bien que afecte, no al fabricante que lo produce. (ES UNA MARCA DE PRODUCTO Y, POR ENDE, DIFERENCIA A LAS EMPRESAS QUE LOS PRODUCEN, PERO NO ES UNA CERTIFICACIÓN DE LA EMPRESA PRODUCTORA)

 En el caso de servicios, La Marca siempre ha de ir asociada al servicio (ALOJAMIENTO, RESTAURACIÓN Y SERVICIOS DE TURISMO ACTIVO) y al centro que lo proporciona, no a los bienes empleados para la prestación del mismo.

 La reproducción del logotipo de la Marca ha de respetar exactamente los colores, formas y tamaño de letra indicados en los Reglamentos.

 Antes de hacer uso de la Marca, el licenciatario debe someter al Comité todos los lugares y documentos donde vaya a colocarla.